| SECCIÓN III. EL DIRECTOR
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Artículo 24. Naturaleza y funciones
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| El Director coordinará el funcionamiento técnico y administrativo del Registro y la actividad de sus Comités y Comisiones de Trabajo. El Director será nombrado y cesado por la Comisión Permanente del Consejo General a propuesta del Consejo Directivo, siendo sus funciones las siguientes:
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a)
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Actuar como Secretario de la Asamblea General, del Consejo Directivo y de Coordinación y de los distintos Comités del Registro, levantando acta de sus reuniones. |
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b)
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Llevar y mantener al día los libros de actas y custodiar los sellos y documentos oficiales del Registro.
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c)
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Extender las certificaciones que procedan, así como las comunicaciones, órdenes y circulares. |
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d)
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Dirigir los servicios administrativos y del personal adscrito al Registro, sin perjuicio de las competencias del Gerente y Secretario del Consejo General. |
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e)
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Proponer lo necesario para la buena administración y gestión de los recursos del Registro.
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f)
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Ordenar la aplicación de fondos, de acuerdo al presupuesto, para atender a los pagos y suscribir, en su caso, los documentos de disposición de fondos dentro de las facultades otorgadas por el órgano competente del Consejo General.
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g)
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Elaborar el borrador de presupuestos.
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h)
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Tramitar las solicitudes de admisión de miembros del Registro. |
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i)
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Coordinar el funcionamiento del Registro con los Colegios y otros órganos del Consejo General.
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j)
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Dirigir los servicios de carácter general establecidos por el Registro, de acuerdo con el Gerente del Consejo General.
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k)
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Notificar los acuerdos del Consejo Directivo a los interesados y, cuando proceda, a los restantes órganos del Registro y al Presidente del Consejo General.
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l)
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Ejecutar y hacer ejecutar los acuerdos de la Asamblea General y del Consejo Directivo y coordinar las actuaciones de los distintos Comités y Comisiones de Trabajo.
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m)
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Llevar y mantener el censo de los miembros del Registro. |
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n)
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Colaborar en todo aquello que sea necesario para el cumplimiento de las funciones asignadas estatutariamente a los cargos del Consejo General y cualquier otra que el Consejo Directivo le asigne.
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