SuscriptoresMiembros
18/5/2008
Call me!

Presentación de REFor
Bienvenida del Presidente
Servicios y actividades
Preinscripciones
Reglamento
Agenda de Actividades
Publicaciones REFor
Noticias
Enlaces de interés
Preguntas más frecuentes (FAQ)
Estadísticas
        REFor
        C/ Claudio Coello, 18
        28001 Madrid
        Telf.: (91) 432 26 70
        Fax: 901020359
        NIF: Q-2861008-G


 

 

 

 

Web creado por
Iuris.Doc

 

CAPÍTULO VI. OBLIGACIONES CONTABLES Y REGISTRALES
  Artículo 27. Cuentas del Registro
Las cuentas del Registro deberán ser formuladas por el Consejo Directivo, en el primer mes del año, y deberán ser verificadas por el auditor nombrado por el Pleno del Consejo General antes de su presentación a la Asamblea General para su informe.
  Artículo 28. Publicidad de las cuentas.
Las cuentas anuales, el informe de auditoría y los presupuestos para el ejercicio siguiente serán enviados a los miembros del Registro con quince días al menos de antelación a la fecha en la que deba celebrarse la Asamblea General correspondiente.