Órganos especializados
y Grupos de Trabajo
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Requisitos

QUIÉNES PUEDEN SER MIEMBROS

 Podrán ser miembros del REFor, aquellos colegiados interesados en actuar en los tribunales.

Hasta que el Pleno del Consejo General de Colegios de Economistas acuerde otros requisitos, cualquier economista podrá inscribirse sin ningún otro requisito que el de la colegiación.

QUÉ DERECHOS Y OBLIGACIONES TIENEN LOS MIEMBROS

Los miembros del REFor podrán recibir la formación, la información y los servicios del Registro, así como participar en las reuniones y actividades programadas.
Por otra parte, tendrán que satisfacer los derechos de inscripción y las cuotas que se establezcan.
Estos derechos y obligaciones pueden consultarse en el Reglamento del REFor cuyo texto está disponible en la página web del Registro (www.refor.org) y en los Colegios de Economistas.

QUIÉNES PUEDEN SER ASOCIADOS

 Cualquier profesional, que no siendo economista colegiado, pueda necesitar los servicios del REFor-CGCEE para el desarrollo de su actividad

Actualizado (18.10.12)

 
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